Las rentas de alquiler se encuentran al tope en los contratos de arrendamiento para viviendas que se realicen a partir del día de hoy martes 22 de septiembre en Barcelona.

Es decir que los propietarios de los inmuebles no pueden aumentar el alquiler que el inquilino paga, incluso si cambia de inquilino. Además, en caso de superar el precio establecido por zona en el Índice de Precios de la Generalitat, deben bajarlo.

La Ley de Medidas Urgentes en donde se encuentra establecida la congelación de rentas con relación a las viviendas, fue aprobada por el Parlament diez días atrás, con votos a favor de ERC, Comuns, JuntxCat y la CUP. Esta debe empezarse a aplicar el día de hoy.

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Legislación

El DOGC publicó este lunes la ley que aprobó hace diez días el Parlament. La normativa ha entrado en vigor después de que el lunes 21 fuera publicado el texto en el DOGC, luego de un atraso fuera de lo normal que, según informantes de la Consejería de Justicia, imputan a la revisión del mismo por parte de los letrados del Parlament.

El Consell de Garanties Estatutàries de la institución formuló un informe en el verano, en representación de un grupo de parlamentarios de PP y Ciudadanos, en el que se considera como inconstitucional irrumpir competencias del Estado.

Los diferentes partidos políticos que han respaldado dicha ley, consideran que la misma entra dentro de las competencias de la Generalitat en relación con la regulación de los Derechos civiles.

Informantes inmobiliarios dieron a conocer que el sector se encuentra a la espera de saber si el Gobierno decidirá apelar la ley frente al Tribunal Constitucional por irrupción de competencias, como ha sido apuntado por los socialistas miembros del PSC. Un recurso por parte del Gobierno que traería penalizaciones a la ley.

Por otro lado, los dirigentes del partido Podemos, han solicitado al PSOE que no apele a la normativa, y han destacado que el control sobre los alquileres era una de las medidas incluidas dentro del acuerdo que el Gobierno dictó para la investidura.

De igual forma, el Partido Popular anunció que introducirá un recurso de inconstitucionalidad, pero manteniendo la normativa en vigor, mientras que el Tribunal Constitucional emita su veredicto final.

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Vigencia inmediata

Solamente el recurso por parte del Gobierno puede detener la acción de la ley. La normativa establece  60 de los municipios catalanes en donde se considera que las viviendas no son asequibles, en donde se incluyen las 4 capitales de circunscripción y el área metropolitana de Barcelona, estableciendo sanciones de hasta 90.000 euros a los propietarios que se atrevan a incumplir la ley.

La ley establece con obligatoriedad a que en los contratos el precio no supere el coste establecido en el Índice de Rentas de la Agència de l’Habitatge de Catalunya.

De igual forma obliga a no aumentar la renta a partir del día de hoy, así esta se encuentre por debajo del índice. Esto cuando las propiedades se encontrarán en alquiler por un precio menor durante los 5 años pasados.

Excepciones de la Ley

La ley considera una excepción para aquellos propietarios que confirmen que sus ingresos son menores a 2,5 del valor indicador de suficiencia Cataluña (IRSC), que es de 1.422,80 euros. Dichos propietarios podrán mantener el coste de la renta o aumentarlo hasta alcanzar el valor indicado.

No obstante, laexcepción solo será aplicable en caso de que los inquilinos como unidad familiar tengan un ingreso que supere los 1.991 euros, es decir que sea superior al 3,5 del monto establecido de IRSC.

El aumento del alquiler también puede darse si el inmueble fue alquilado con anterioridad a un miembro de la familia, y cuando se hayan llevado obras a cabo con el objetivo de hacer mejoras en el último año de alquiler. En ese caso el aumento solo podrá superar un 5% del valor indicado de referencia.

Las viviendas que incluyan piscinas, áreas comunes, tenga conserje o se encuentren amuebladas, pueden aumentar la renta en un 5%, pero dicho aumento no puede sumarse a la renta anterior.

También se puede subir la renta un 5% en viviendas que tengan piscina, conserje, zona comunitaria o estén amuebladas, pero este incremento no puede sumarse al anterior.

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Listado de municipios en Barcelona en donde se aplicará la ley de congelamiento de renta

  • Badalona.
  • Barberà del Vallès.
  • Barcelona.
  • Blanes.
  • Calafell.
  • Castellar del Vallès.
  • Castelldefels.
  • Cerdanyola del Vallès.
  • Cornellà de Llobregat.
  • Esplugues de Llobregat.
  • Figueres.
  • Gavà.
  • Girona.
  • Granollers.
  • L’Hospitalet de Llobregat.
  • Igualada.
  • Lleida.
  • Manlleu.
  • Manresa.
  • Martorell.
  • El Masnou.
  • Mataró.
  • Molins de Rei.
  • Montcada i Reixac.
  • Montgat.
  • Olesa de Montserrat.
  • Olot.
  • Palafrugell.
  • Pallejà.
  • Pineda.
  • El Prat de Llobregat.
  • Premià de Mar.
  • Reus.
  • Ripollet.
  • Rubí.
  • Sabadell.
  • Salou.
  • Salt.
  • Sant Adrià de Besòs.
  • Sant Andreu de la Barca.
  • Sant Boi de Llobregat.
  • Sant Cugat del Vallès.
  • Sant Feliu de Guíxols.
  • Sant Feliu de Llobregat.
  • Sant Joan Despí.
  • Sant Just Desvern.
  • Sant Pere de Ribes.
  • Sant Vicenç dels Horts.
  • Santa Coloma de Gramenet.
  • Santa Perpètua de Mogoda.
  • Sitges.
  • Tarragona.
  • Terrassa.
  • Tortosa.
  • El Vendrell.
  • Vic.
  • Viladecans.
  • Vilafranca del Penedès.
  • Vilanova i la Geltrú y Vilassar de Mar.