El precio promedio de renta con seguros de impago de alquiler durante los primeros meses fue de 675 euros. En comparación con el año pasado que fue de 620 representa el incremento considerable.

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Cada vez son más los inmuebles que se destinan al alquiler, así como los costos de sus rentas. Lo que también ha disparado los números de desahucios, que ya se encuentran en el tope de los últimos cinco años.

De los 10.491 desalojos registrados de abril a junio, el 61,2% fueron inquilinos que no cumplieron con los pagos. Según información publicada por el Consejo General del Poder Judicial. Mostrando un incremento de desahucios que se derivan de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Esto ha derivado el aumento de las contrataciones de este seguro, según los datos recibidos por los especialistas.

Informan que el coso de la renta mensual con este seguro ha mantenido un elevado incremento. Concretamente porque desde enero a septiembre del año pasado el promedio fue de 620 euros.

Y el mismo período de este año aumentó el 8,87%, ubicándose en 675 euros. Hace dos años el incremento se había situado en 7,5%; estos datos corroboran una marcada tendencia hacia el aumento.

¿Por qué aumentaron los contratos de pólizas seguros de impago de alquiler?

Las estadísticas demuestran que las pólizas tienen mayor propaganda debido a las mejoras aplicadas. Entre las ventajas está que tienen coberturas mayores con cuotas más accesibles.

Además, garantiza al propietario el cobro de la renta, ofrecen servicios de asesoría y defensa jurídica. En caso de sufrir algún acto vandálico en los casos de los desahucios también están cubiertos.

Otro aspecto atractivo de las pólizas de seguros de impago es que se le garantiza al dueño el cobro de la renta. Por lo general, el primer mes está cubierto con la fianza, pero después de esto sigue cobrando.

Anteriormente solo podía disfrutar de su pago después de desalojar al inquilino moroso.

Una especialista del derecho inmobiliario declara que dirige un servicio de asistencia jurídica telefónica,  en los que el 90% de las llamadas son de propietarios que consultan sobre cómo actuar frente a un impago.

Gracias a lo cual se está iniciando una cultura de contratación de estas pólizas. Aunque para ello el casero haya tenido que sufrir primero las consecuencias de no tenerlo.

Para muchos es una novedad que las coberturas vayan más allá del cobro del alquiler. Y se sorprenden al enterarse que también adquieren una cobertura jurídica que respalda todo el proceso judicial hasta la recuperación de la vivienda.

Por estas razones ya no se encuentran casi pisos en las capitales sin que tengan un seguro de este tipo. Los caseros no son tan confiados, prefieren contratar la póliza que representa cuando mucho el 4,5% de la renta anual.

Las coberturas de los seguros de impago de alquiler

Cubren los pagos de las rentas desde los 6 hasta los 18 meses, aunque la mayoría de sus pólizas es de un año.

Esto ocurre porque la medida de desahucio se toma a partir de los 7 u 8 meses del primer impago. La aseguradora comienza a tomar medidas a partir del momento en el que se informa el primer mes del impago.

Primero se le da un plazo al inquilino para que pueda ponerse al corriente de los pagos. También podría abandonar voluntariamente la vivienda.

En cuanto al propietario, este comienza a cobrar la mensualidad cuando presenta la demanda. Y sigue cobrando todos los meses hasta que el inquilino desaloje o permita la cobertura del seguro.

Después de lo cual se procede a evaluar los daños que pudiera tener la vivienda. Todas estas pólizas cubren hasta 5.000 euros, por actos vandálicos del continente de la casa.

No todos cubren el contenido, por lo que se recomienda un examen cuidadoso antes de decidirse.

Estos desperfectos se diferencian del uso continuo por el tipo de daños que se encuentren en el inmueble. Por ejemplo, que el plato de la ducha se encuentre roto a martillazos, o se hayan robado los grifos.

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En otras ocasiones se han tenido que recuperar paredes con grafitis.

Dato curioso:

Las aseguradoras aconsejan que la mensualidad no supere el 45% de los ingresos del inquilino. Ya que cobrar mas de eso aumenta la posibilidad de un impago, a veces se requiere tener un avalista.