Un riesgo inevitable para un propietario que desea alquilar su inmueble para uso habitacional, es que el arrendatario no pague. El que éste no cumpla con sus obligaciones es más común de lo que se piensa. Además, no hay que olvidar que el arrendador puede tardar en desahuciar a un inquilino hasta un año.

Por otro lado, los datos de morosidad tampoco invitan a la tranquilidad. Ya que crecen progresivamente. De hecho, el impago del alquiler  es la principal causa de desahucio, por encima del impago de préstamos hipotecarios. Por lo tanto, es inevitable esta preocupación.

En este sentido, si el gobierno de España,  pretende favorecer la oferta de inmuebles destinados a alquiler de vivienda debe proteger al arrendador. En este sentido, la regulación debe atender de manera adecuada la protección del arrendador frente al impago del arrendatario.

Dada la vigencia del régimen de segunda oportunidad, las rentas impagadas son crédito ordinario en un eventual concurso de persona física del arrendatario. Por lo tanto, es posible que el arrendador nunca cobre  por aplicación del régimen de segunda oportunidad (art. 178 bis Ley Concursal).

Pues bien el Real Decreto Ley 7/2019, de 1 de marzo de materias urgentes en vivienda y alquiler desequilibra más la posición jurídica de las partes contratantes en el alquiler de vivienda.

Favorece de forma exagerada al arrendatario de vivienda. Por otra parte dice al propietario que en la nueva regulación solo encontrará incentivos negativos para ofertar inmuebles para alquilar. Y si lo hace, el precio será más alto.

A pesar de la legislación, Madrid es la comunidad donde hay mayor cantidad de desahucios por impago de alquiler.

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El mayor número de desahucios ocurre en Madrid

En esta comunidad es donde se produce la mayor cantidad de desahucios por impago de alquiler. Cuatro de cada cinco desahucios que se producen en Madrid manifiestan problemas para pagar el alquiler. Así, en el primer semestre de 2018 más de 2.866 familias por orden judicial tuvieron que dejar la casa donde vivían. Según los últimos datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se producen 466 al mes y 15 por día.

El histórico de estas cifras revela un aumento disparado en la proporción de ocurrencia. De hecho, el porcentaje de lanzamientos en la Comunidad de Madrid por impago de rentas creció en 17 puntos desde 2013. Lo que representa el 80% del total. Es el mayor aumento registrado en España, de acuerdo a las cifras del CGPJ.

En este sentido, el órgano judicial hace un diagnóstico muy claro y específico. Si los desahucios en España aumentaron en el último periodo, la razón es porque la bolsa de no propietarios expulsados de casas alquiladas es cada vez mayor. Se refleja un aumento de 6,1% en el último trimestre.

El total, las expulsiones, incluyendo las hipotecarias, alcanzaron en ese mismo periodo un total de 17.152 casos. Mientras que en el último año solo había experimentado caídas.

Por otra parte, el número total de desahucios en España no ha crecido. Los datos apenas presentaron una variación de un 5% entre 2013 y 2018. Disminuyó de 18.077 lanzamientos a 17.152.

Sin embargo, sí se observa en la evolución global un aumento sostenido desde mediados de 2017 de los desahucios por alquiler. Alcanzó los 10.491 en el último trimestre.

Mientras, los lanzamientos por deuda hipotecaria experimentaron un descenso relativamente constante desde 2013. Así, el primer trimestre de ese año se registró 7.300, el último dato disponible es 5.672. Lo que representa un 22,3% menos.

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Madrid es el núcleo del problema

En este sentido, Raquel Rodríguez, profesora del departamento de Urbanística y Ordenación del Territorio de la Universidad Politécnica de Madrid emite una consideración.

Con relación a los desahucios, ella manifiesta que Madrid es el gran núcleo del problema. Es esta comunidad todos los caseros inflan los precios. Los grandes y también los pequeños particulares, según los expertos.

«Si a eso se suma que en un contexto como el español las personas que no tenían otra forma de acceso a la vivienda alquilaban y alquilan, tenemos un combo que hace de la población que vive en alquiler una población más vulnerable».

La desprotección de los inquilinos se ha visto agravada en los últimos años por reformas jurídicas. Estas han «liberalizado el sector de la vivienda en alquiler y acelerado los procesos judiciales». Alertaba Amnistía Internacional en un informe de 2017. La cual ponía la atención en la ausencia de medidas para combatir los desahucios por alquiler.

Por ejemplo, el cambio en la ley de Enjuiciamiento Civil limitó las posibilidades del inquilino de alegar durante el proceso. Asimismo redujo a la mitad el tiempo en que el arrendador debe avisar al arrendatario de que va a demandarle. Además, redujo también el plazo (de un mes a 10 días) a las familias para pagar la deuda. O en tal caso, responder a la demanda.

La Ley de Arrendamientos Urbanos, modificada en 2013 para «dinamizar el mercado del alquiler», también ha generado más inseguridad al inquilino. Ya que reduce la duración de los alquileres de cinco a tres años. Esto de alguna forma obliga a la firma cada poco tiempo de un nuevo contrato. Y da rienda suelta  y además legal a los arrendadores para subir los precios del alquiler.

Para la profesora Raquel Rodríguez, en España ha confluido una suma de factores que «generan condiciones desfavorables en conjunto». «El mercado de la vivienda hay que tomarlo en serio porque si tu contrato finaliza y pueden revisarte el precio al alza sin nada que te diga lo máximo que puedes subir, estás vendido», concluye.

De hecho  «Denunciar no sirve, esto no es ilegal, es abusivo. Así que solo nos queda la resistencia y la movilización social».

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