Un innovador instrumento, “El RIJ”, el fichero que contiene las deudas que han sido reconocidas por un procedimiento judicial firme. Es una ayuda para los abogados, contadores y graduados sociales, donde pueden ingresar información y también consultar.

La gestión del registro está a cargo de la empresa Desarrollo de Aplicaciones Jurídicas SL (DAJ). La cual está formada por la sociedad Infraestructura Tecnológica de la Abogacía Española RedAbogacía y con la mercantil Inversiones Colectivas en Red, Icired. También está involucrada con Informa D&B y everis, las cuales son socios del proyecto.

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¿Cuál es la función del Registro de Impagados Judiciales (RIJ)?

El Registro de Impagados Judiciales fue diseñado para compilar información sobre las deudas líquidas que hayan vencido y sean mayores a 50 euros. Además deben haber sido confirmadas y reconocidas a través de una resolución judicial.

Con el uso del  RIJ se pretende acabar con las ejecuciones judiciales inútiles después de muchos años perdidos de litigio judicial de reclamo de la deuda.

La información es suministrada por los abogados los cuales cuenta con la autorización del cliente. Lo que de hecho, favorece y le da mayor claridad al sistema judicial financiero, además, de facilitar el cobro de la deuda.

El RIJ además cumple con la nueva Ley General de Protección de Datos y la Ley de Protección del Derecho al Honor. Así como también, respeta el Código Deontológico de la Abogacía y con ello garantiza la seguridad jurídica en España.

La información contenida en el RIJ, será transmitida al sistema financiero español. Asimismo, a un tercero que justifique la necesidad y además esté autorizado a consultar dicha información.

En este sentido, el primer fichero online, gestionó desde junio de este año, una deuda de más de 5,3 millones de €. El mes de junio fue la fecha de inicio de la activación del RIJ.

Cabe destacar que el primer fichero RIJ, fue creado por el Consejo General de la abogacía Española (CGAE). Con la contribución de Informa D&B y multinacional de negocio Everis, como socios.

La información fue trasmitida por Enrique Rodríguez Zarza, director general y socio fundador del RIJ, en el evento celebrado en el Colegio de abogados de Valencia. Donde se celebró el 260 aniversario de su creación con la realización de las Jornadas Técnicas de Abogacía.

En el evento inaugurado por Auxiliadora Borja Albiol, decana del ICAV, en noviembre pasado, Enrique Rodríguez Zarza presentó el nuevo RIJ. Y dio a conocer sus ventajas, a todos los colegiados presentes.

A la fecha, ya están registrados en el RIJ, más de 1.000 usuarios, lo que constituye un gran hallazgo a nivel mundial en el área judicial.

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Ventajas del RIJ

Es un instrumento versátil de reconocimiento y validez en todo el territorio español. Que permite  registrar gran cantidad de tipos de morosidad. Entre las que se encuentran los impagos de las pensiones de alimentos y las deudas que estén pendientes entre particulares. También es posible registrar los incumplimientos realizados en los contratos de alquiler y así como de compra-venta de alguna mercancía.

Así también, son objeto del RIJ, la morosidad de instituciones que han sido condenadas a pagar por resolución de sentencia firme. Por otra parte, es la primera vez que los profesionales del derecho, disponen de una herramienta que contiene el registro de morosos. Con el cual les será posible reclamar o consultar información relacionada con impago de honorarios de abogados.

En todo caso, el RIJ mejora la efectividad  de los procesos legales, pues contiene información de primera línea, no disponible en ninguna otra parte. Es por lo tanto una fuente importante de información, relacionada con el riesgo de insolvencia que presenta cualquier empresa o persona natural.

Es oportuno destacar además, que  la participación de Informa D&B como socio del proyecto, deja a la vista el sistema financiero y empresarial de España. Es una información que hasta ahora solo era manejada por los abogados casi en un 80%. Y que ahora se encuentra en la base de información del RIJ.

Una de sus grandes ventajas, de este innovador fichero o tal vez modelo de negocio, es que está enfocado en las ventajas de la economía colaborativa. Así como el uso del Big Data gracias a las bondades del Internet.

Es una herramienta online, sencilla y de fácil acceso. Además de ser eficaz para los procesos de reclamos de impagos, así como para realizar consultas seguras y confidenciales.

Cómo incluir la deuda en el RIJ

La información sobre la deuda la ingresa el abogado del acreedor usando la web de RedAbogacía https://www.abogacia.es/abogacia_servicio/registro-de-impagados-judiciales. Solo tienen autorización de entrar al RIJ los abogados colegiados y disponer del carnet de certificación como abogado (ACA).

En la Plataforma ingresa el reclamo contra el deudor en representación de su cliente. Esta información es revisada y validada por el equipo jurídico del RIJ. Quien comprobará si realmente la deuda cumple con los requisitos que exige la ley. Posteriormente, la Plataforma envía un requerimiento de pago al deudor, donde le alerta que de no pagar, la deuda se mantendrá en el RIJ.

La plataforma da un plazo de cinco días. Si no se realiza el pago en ese tiempo, se notifica a través de una carta certificada al deudor, que la misma será publicada e incluida en el RIJ.

El precio del servicio está alrededor de los 29,90 euros más IVA cuando se realiza la notificación con carta certificada. Si realiza el pago a través de burofax, entonces asciende a 39,9 euros más el IVA.

La consulta sobre la solvencia de personas físicas y jurídicas, los abogados las realizan en forma gratuita.

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